El pasado 23 de marzo de 2021 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo pública una sentencia trascendental, confirmando que los pasajeros afectados por una huelga organizada por un sindicato de trabajadores de una compañía aérea que tiene como objetivo reivindicar aumentos salariales no entra en el concepto de «circunstancia extraordinaria» que libere a la aerolínea de su obligación de pagar una indemnización por cancelación o por retrasos.
